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Placas para la "Electromovilidad": El fin de la zona gris en las calles de la CDMX

Lo que comenzó como una alternativa silenciosa y ágil para evadir el tráfico de la capital se ha transformado en un ecosistema complejo que las autoridades ya no pueden ignorar. Tras años de circular en una "zona gris" legal, las bicicletas eléctricas (e-bikes) y scooters de alta potencia deberán rendir cuentas ante el Reglamento de Tránsito.

A partir de agosto de este año, se cierra el periodo de gracia de 360 días otorgado por la Secretaría de Movilidad (SEMOVI). La regla es clara: si tu vehículo tiene "músculo" eléctrico, necesitará placas, licencia y seguro.

¿Quiénes deben emplacar y quiénes se salvan?

No todas las bicicletas eléctricas son iguales ante la nueva ley. La regulación se centra en separar la movilidad activa (pedaleo) de la motorizada encubierta.

Categoría   Características Técnicas       ¿Requiere Placas/Licencia?        ¿Puede ir por Ciclovía? 

Bici de Asistencia < 25 km/h y peso < 35 kg     No (Vehículo no motorizado)                     Sí
VEMEPE (Tipo A)         > 25 km/h o peso > 35 kg  Sí      Restringido
VEMEPE (Tipo B) Entre 35 kg y 350 kg  No (Solo arroyo vehicular)

El dato clave: Si tu bicicleta tiene un acelerador independiente (que funciona sin que pedalees) y alcanza velocidades superiores a los 25 km/h, automáticamente entra en la categoría de vehículo motorizado.

Los nuevos requisitos obligatorios

Para circular sin el temor de terminar en el corralón, los usuarios de estas unidades deberán cumplir con un checklist similar al de una motocicleta:

Placas y tarjeta de circulación: Registro oficial ante la SEMOVI para crear un padrón confiable.
Licencia de conducir: Se han habilitado categorías específicas para vehículos eléctricos personales (VEMEPE).
Póliza de seguro: Obligatoria para cubrir daños a terceros en caso de incidentes viales.
Equipo de seguridad: Casco (preferentemente tipo motociclista para unidades rápidas), luces encendidas y chaleco reflectante.

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Adiós a las banquetas y ciclovías (para los rápidos)

Uno de los puntos más polémicos de la reforma es la restricción de espacios. Las unidades que superen los umbrales de velocidad y peso tienen prohibido circular por banquetas y ciclovías. Su lugar es el carril derecho del arroyo vehicular, respetando el sentido de las calles y los semáforos como cualquier otro automotor.

La medida busca reducir los incidentes en los que peatones y ciclistas convencionales se ven vulnerados por vehículos que, aunque parecen bicicletas, se desplazan a velocidades de moto urbana.

Sanciones

El despliegue de operativos de vigilancia comenzará de lleno en el segundo semestre de 2026. Las multas estipuladas por incumplir con el registro o invadir zonas prohibidas oscilan entre las 5 y 10 UMAs, además de la posible remisión del vehículo al depósito si no se cuenta con la documentación mínima.

¿Qué sigue para los usuarios?

Si adquiriste una e-bike recientemente, revisa la ficha técnica. El objetivo de la CDMX es integrar estas nuevas tecnologías de forma segura, evitando que la innovación se convierta en un riesgo para la convivencia vial.

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