CBD y THC : La delgada linea para legalizar la marihuana

Considerada como “la más inofensiva” de las hasta ahora drogas ilegales, la marihuana (Cannabis), ha sido objeto de debate desde hace ya un par de años, esto, por la gran cantidad de beneficios clínicos que de ella se pueden obtener, ya sea para sobrellevar el mal de Parkinson o como tratamiento permanente para la Esclerosis lateral amiotrófica (enfermedad reconocida mundialmente en 2014, por el reto viral #IceBucketChallenge), entre muchas otras, pero… ¿esto significa que debemos ponernos todos a fumar marihuana?

La respuesta lógica a esta pregunta es: no, si bien es cierto que está plantita “milagrosa” contiene propiedades que ayudan en gran medida de forma medicinal, también es cierto que posee cualidades psicoactivas, por las cuales, es mayormente conocida y con cierta razón “satanizada”, entonces… ¿Es buena o mala?, ¿Me puedo hacer mi “churrito?

Primero debemos partir de una aclaración sencilla, dentro de la cantidad total de componentes que contiene la marihuana, hay dos que sobre salen del resto, el primero es el CBD y el segundo el THC.

El Cannabidol o CBD, representa el 45% del total de componentes químicos presentes en la marihuana, el estudio de dicha molécula ha arrojado datos interesantes sobre sus efectos en el organismo humano, tales como: analgésico, antiinflamatorio, ansiolítico, antitumoral, anticonvulsionante, antipsicótico y neuroprotector.

Dichos efectos le han colocado como la “piedra filosofal” dentro de la medicina terapéutica en infinidad de especialidades. Pero… ¿Consumir CBD me hará tener un viaje “locochon”?

Para nada, ya que, el CBD no contiene propiedades psicoactivas. Entonces…¿Cómo le hago para fumar solo el CBD?, la respuesta a esta pregunta tiene que ver con la producción farmacéutica, es decir, si bien el CBD no contiene psicoactivos, es importante aislarlo (separarlo) del THC, el cual, sí contiene psicoactivos, en resumen, el CBD no puede consumirse de esa manera (fumando), sino, que se consume en diferentes presentaciones según sea el caso de uso, a saber estas son:  aceite comestible o tópico, cápsulas, cremas, infusiones, parches, pastillas, polvo soluble y sales de baño. Todas estas presentaciones son aprobadas por la FDA (Administración de Medicamentos y Alimentos de los EE. UU., por sus siglas en español).

En contraparte tenemos al THC (Tetrahidrocannabinol), el cual, como ya mencionamos en el párrafo anterior, es la parte psicoactiva de la marihuana, causando alteraciones en la memoria a corto, mediano y largo plazo en los individuos, así como, la distorsión de la realidad percibida por el ser consiente, no está demás decir que está sustancia es la responsable, en cuanto, a generar dependencia o adicción para quienes la consumen y por supuesto resaltar que su uso es meramente “lúdico o recreativo”.

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En México, el uso medicinal/ clínico del CBD fue despenalizado hace ya 4 años, para ser exactos, el 20 de junio del 2017 y… a pesar de que dicha modificación a la Ley general de salud (1984), causo un revuelo social ante el desconocimiento y la percepción negativa que genera todo lo relacionado al Cannabis, la verdad es que dicha resolución ayudo en gran medida la calidad de vida de pacientes con enfermedades neurodegenerativas, los cuáles, veían mermada su recuperación o salud en general, ya que, solo podían hacer uso de medicamentos “tradicionales”, los cuáles, representaban un alto impacto en lo económico.

Actualmente el debate del Cannabis en “tierras Aztecas” se enfoca en el uso recreativo de la “plantita vaciladora”. El pasado 10 de marzo ambas cámaras (Diputados y Senadores), aprobaron la iniciativa de ley, que si bien, no legaliza el uso explícito ni tampoco la producción y comercialización indiscriminada de la marihuana, SÍ amplía la cantidad de posesión personal, la cual, es de entre 5 a 28 gramos por individuo, mientras que, de 29 a 200 gramos se sanciona con una multa económica y a partir de los 201 gramos amerita prisión.

JR Sánchez


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