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Luz verde a los "brownies mágicos": la Suprema Corte avala el consumo de cannabis en alimentos

En un nuevo capítulo para el mariguaneo libre desarrollo de la personalidad en México, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que los permisos para el autoconsumo recreativo de cannabis también deben permitir la preparación de alimentos. Con esta decisión, el Máximo Tribunal ordenó a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) autorizar explícitamente a las personas amparadas la elaboración de productos como galletas o brownies para su propio consumo.

El origen de la decisión

El pronunciamiento deriva de la revisión de un amparo en el que Cofepris, al otorgar un permiso de uso adulto, impuso limitantes estrictas que prohibían cualquier forma de preparación culinaria. La Corte concluyó que la dependencia sanitaria incurrió en un exceso: elaborar platillos o postres infundidos con tetrahidrocannabinol (THC) para uso individual no altera la naturaleza del autoconsumo ni lo convierte en un proceso industrial, sino que constituye una forma ordinaria de ingerir la sustancia.

¿Qué está permitido y qué sigue prohibido?

Aunque la resolución despeja el camino para la cocina cannábica en el ámbito privado, los ministros recalcaron los límites legales para evitar vacíos regulatorios:

Uso exclusivo e individual: La medida ampara únicamente al titular de la autorización sanitaria en su esfera privada.
Prohibición de venta y distribución: Comercializar, regalar, suministrar o compartir estos alimentos con terceras personas permanece estrictamente prohibido y penado por la ley.
Cero afectación a terceros: Sigue veto cualquier consumo en espacios públicos o lugares donde pueda exponerse a menores de edad o personas que no hayan dado su consentimiento.
Sin producción industrial: No se autoriza la venta en establecimientos ni la creación de marcas comerciales; no equivale a un permiso de explotación mercantil ni a la fabricación de productos farmacéuticos o cosméticos.

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El panorama legal en México

Con este fallo, la Corte da certeza jurídica a quienes cuentan con el amparo individual para que la elaboración doméstica de platillos con cannabis no sea sancionada. No obstante, el fallo subraya la inacción del Congreso de la Unión, que sigue pendiente de emitir una regulación integral para la planta en el país, dejando en manos del Poder Judicial la resolución de los alcances diarios del uso recreativo.

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